Oficina de la Fiscalía del Condado de Champaign
Julia Rietz, Fiscal

SISTEMA DEL PROCESO JUDICIAL MENOS GRAVE

¿Qué es un delito menos grave?

Un delito menos grave es cualquier ofensa que puede ser castigada por hasta 364 días de cárcel en el Centro Correccional del Condado. Ejemplos de casos menos graves son robo, agresión, violencia doméstica, violación de Orden de Protección, daño a la propiedad, traspaso a la propiedad y otros delitos similares.

En Illinois los delitos menos graves se dividen en tres clases: A, B y C. Las posibles penalidades incluyen hasta 364 días de cárcel, probatoria, libertad condicional, supervisión de corte y otras condiciones que la Corte puede imponer.

Puede tomar varios meses desde el inicio del caso con la formulación de cargos hasta el cierre del caso. Hay varias razones por las cuales un caso puede ser continuado de un mes a otro. Las víctimas y testigos pueden comunicarse con la Unidad de servicios a víctimas y testigos de la Oficina del Condado de Champaign con cualquier pregunta sobre el estado de su caso.

Sistema del proceso judicial menos grave

1. Acusación formal

La acusación formal es la primera comparecencia del acusado en corte. Primero, el acusado será informado de los cargos en su contra, los cuales se presentarán en un documento llamado pliego acusatorio.

Lo próximo que hará el Juez es decidir la fianza, eso es para asegurar que el acusado regresará a corte y también para proteger otras personas de posible daño físico. Las condiciones de fianza incluyendo cuanto dinero se debe pagar para salir de la cárcel no son un indicador si el juez cree que el acusado es culpable o no, ni tampoco de cual será una posible sentencia, si es convicto.

El juez puede ordenar que el acusado no tenga contacto con una víctima o una dirección. Si esto se ordena, el acusado no podrá tener contacto con la víctima protegida y/o la dirección mientras el acusado esta bajo fianza. Si el acusado viola esa condición la policía debe ser notificada inmediatamente. La violación de esta condición de fianza es un delito y puede resultar en la revocación de la fianza.

El Juez puede permitir al acusado regresar a un hogar compartido con la víctima, una sola vez durante las primeras 72 horas después de haber fijado fianza. Esto es para permitirle al acusado recoger su ropa, pero solamente si esta acompañado por un oficial de policía.

El acusado puede pagar un abogado privado o el Juez puede nombrar un abogado de la Oficina del defensor público para que lo represente. El Juez puede también continuar el caso para darle tiempo al acusado de buscar un abogado privado.

2. Vista con antelación a juicio o pre juicio

El pre juicio es una vista para determinar qué se hará con el caso. En el pre juicio el acusado puede solicitar una fecha para juicio, también puede pedir una fecha para declararse culpable o puede solicitar que el caso se continúe para tener más tiempo para tomar una decisión. Victimas y testigos pueden contactar la División de servicios a víctimas y testigos de la Oficina del Condado de Champaign al (217) 384-3733 para saber el estado de un caso después del pre juicio o pueden ver el estado del caso en la página cibernética de la Secretaría del Circuito del Condado de Champaign en www.champaigncircuitclerk.org.

3. Declaración de culpabilidad

Cuando un acusado se declara culpable puede ser el resultado de las negociaciones entre el fiscal y el abogado defensor. En ese caso los dos están de acuerdo en cuál será la sentencia. Un acusado también se puede declarar culpable cuando no se ha llegado a un acuerdo sobre cuál será la sentencia, en ese caso el Juez es quién determinará la sentencia. La vista para la sentencia será aproximadamente 30 días luego de que el acusado se declare culpable.

4. Juicio por jurado

En un juicio por jurado, 12 jurados son seleccionados para escuchar la declaración de los testigos y ver la evidencia que se ha recolectado en la investigación del alegado crimen. El jurado debe decidir unánimemente si el acusado es culpable o no culpable. Si el jurado no puede llegar a un veredicto unánime entonces el Juez va a declarar el juicio nulo y el juicio se puede llevar a cabo con un nuevo jurado. Si el jurado unánimemente decide que el acusado no fue encontrado culpable más allá de toda duda razonable entonces el veredicto será "no culpable" y el caso será cerrado. Si el jurado unánimemente decide que el acusado fue encontrado culpable más allá de toda duda razonable entonces el veredicto será "culpable". En ese caso habrá una vista para la sentencia aproximadamente 30 días mas tarde.

Declaraciones de las víctimas, testigos, oficiales de policía, técnicos de laboratorio, doctores y otros, pueden ser necesarios para establecer y apoyar los hechos y la evidencia en el caso. Como víctima o testigo usted puede recibir una orden de comparecencia (conocida como "subpoena" en inglés) requiriéndole que usted testifique en el juicio. Si usted recibe dicha orden, la misma tendrá instrucciones de contactar la Oficina de la Fiscalía. Es muy importante que tengamos su información para que podamos notificarle de cualquier cambio en el estado de su caso.

5. Juicio por un Juez

Un acusado puede pedir un juicio por un Juez, el cual es un juicio donde el Juez, no el jurado, es quién decide si el acusado es culpable o no culpable. En este juicio no hay un jurado. El Juez escucha la evidencia y hace la determinación si el Fiscal ha probado más allá de duda razonable que el acusado es culpable o no. El Fiscal no puede pedir el juicio por Juez, ni tampoco impedir que el acusado pida ese tipo de juicio. El acusado, no el Fiscal ni el Juez, es quién decide si pide un juicio por Jurado o por Juez.

6. Sentencia

En la sentencia el Juez decide cuál será la pena que impondrá después de escuchar evidencia y argumentos presentados por el Fiscal y el abogado defensor. Las víctimas pueden estar presentes en la sentencia y en algunos casos tienen el derecho de presenter una Declaratoria de impacto a víctima. Una Declaratoria de impacto a víctima debe ser preparada en conjunto con la Oficina de Fiscalía. La víctimas pueden pedir ayuda a la División de servicios a víctimas y testigos de la Oficina del Condado de Champaign para preparar dicha declaratoria. El Juez considerará toda declaratoria hecha por la víctima junto a otros factores apropiados para determinar la sentencia.

LA OFICINA DE SERVICIOS A VÍCTIMAS DE LA FISCALÍA DEL CONDADO DE CHAMPAIGN ESTÁ PARA AYUDARLE

SERVICIOS QUE SE OFRECEN

Actualización de casos
Proveemos víctimas y testigos con la información actualizada de casos en el Condado de Champaign.

Referidos
Proveemos información y referidos para consejería y otros servicios sociales.

Declaratoria de impacto a víctima
Ayudamos a las víctimas con la preparación y presentación de Declaratoria de impacto a víctima.

Compensación para víctimas de crimen
Proveemos a las víctimas de crimen con información y ayudamos con la preparación de las formas requeridas.

Derechos de las víctimas
Le indicamos a las víctimas cuáles son sus derechos de acuerdo a la Carta de derechos de víctimas de crimen en Illinois.

Órdenes de protección
Si usted es una víctima de violencia doméstica, usted puede pedir una orden de protección. Si usted ha sido una víctima de asalto sexual usted puede pedir una Órden civil de no contacto. Si usted es una víctima de hostigamiento usted puede pedir una Órden de no contacto por hostigamiento. Para asistencia con una Órden de protección o una Órden de no contacto por hostigamiento por favor comuníquese con Courage Connection al 217) 384-4390. Para asistencia con una Órden civil de no contacto por favor llame a R.A.C.E.S. al (217) 344-6298.

RECUERDE NOTIFICAR INMEDIATAMENTE A LA OFICINA DE FISCALÍA O A SU PROCURADOR SI USTED CAMBIA DE DIRECCIÓN O TELÉFONO